Comunicación del Plan de Formación Bonificada a la RLPT: requisitos y gestión

Uno de los apartados mas importantes en lo relativo a la gestión de la formación Bonificada para empresas, es sin duda la comunicación del Plan de Formación Bonificada a la Representación Legal de las personas Trabajadoras (RLPT).

Se trata de un trámite en ocasiones desconocido, pero que resulta de vital importancia gestionarlo correctamente para evitar posibles no conformidades con FUNDAE y el SEPE.

Empecemos por el principio ¿Sobre qué tenemos que informar en la Comunicación del Plan de Formación Bonificada a la RLPT?

La normativa vigente (principalmente el Real Decreto 694/2017), nos indica que las empresas que cuenten con Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT), deben realizar la Comunicación del Plan de Formación Bonificada a la RLPT al menos la siguiente información de cada curso bonificado:

  • Denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas.
  • Colectivos destinatarios y número de participantes.
  • Calendario previsto de ejecución (fechas y duración).
  • Medios pedagógicos (presencial, tele formación, etc.).
  • Criterios de selección de participantes.
  • Lugar previsto de impartición.
  • Coste estimado y financiación (incluyendo la bonificación prevista).
  • Organización e impartición (si es interna o por entidad externa).

¿Cómo se gestiona la Comunicación del Plan de Formación Bonificada a la RLPT?

Siempre debe realizarse por escrito la Comunicación del Plan de Formación Bonificada a la RLPT, ya que como dice el dicho “Las palabras se las lleva el viento….”.

En cuanto al formato, puede ser mediante correo electrónico, carta o acta firmada.

Lo importante es que el documento debe facilitarse a la RLPT al menos 15 días hábiles antes del inicio de la formación, y además debe quedar constancia, ya que en caso de requerimiento documental,  FUNDAE puede solicitarnos prueba de esta comunicación.

Transcurridos los 15 días hábiles sin que la RLPT haya emitido su informe, se considera que el trámite se ha cumplido.

¿Existe alguna plantilla formal?

No existe un modelo oficial de “Comunicación a la RLPT”. Tanto los gestores de formación bonificada como las propias empresas que bonifican su formación solemos crear plantillas propias que recogen toda la información que solicita FUNDAE:

Modelo de Comunicación del Plan de Formación Bonificada a la RLPT

A la atención de la representación legal de Las personas trabajadoras (RLPT) de la empresa _________________________:

Por medio de la presente, y de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora de la formación profesional para el empleo, les informamos de las acciones formativas que esta empresa tiene previsto realizar y bonificar:

Título del curso: Office 365 copilot para usuarios

Contenidos:  _________________________________________

Objetivos: ___________________________________________

Fechas de realización: del 1 al 15 de julio de 2025 (martes de 15:00 a 19:00)

Número de participantes: 15

Modalidad: Presencial

Duración: 20 horas

Lugar: Instalaciones de la empresa en Madrid (C/……………)

Coste estimado y bonificación prevista: 2.000 €

Entidad organizadora: Formatec consulting S.L.

Criterio de selección de participantes: Necesidad de reciclar al equipo de Técnicos en la materia.

Medios Pedagógicos: Cada participante acudirá con su portátil y el formador facilitará una presentación PPT sobre la que trabajar durante las sesiones.”

¿Qué ocurre si hay discrepancias con la RLPT?

Si la RLPT no está de acuerdo con la formación bonificada que propone la empresa, se inicia un periodo de resolución de discrepancias de 15 días, sin que ello impida iniciar la formación.

Si al finalizar ese periodo aún hay desacuerdo:

  • La empresa debe presentar a Fundae un acta de discrepancias en la que detalle el desacuerdo entre ambas partes.
  • Queda en manos de la estructura paritaria sectorial resolverlo.
  • La formación puede realizarse, y la empresa mantiene el derecho a bonificarla, salvo que exista algún tipo de abuso de derecho (formaciones que  no estén relacionadas con la actividad de la empresa, discriminación, etc.)

¿Qué ocurre si no comunicamos la formación bonificada a la RLPT en tiempo y forma?

Nuestra empresa corre el riesgo de que FUNDAE requiera la documentación asociada a la bonificación de este grupo formativo.

En el caso de no poder acreditar la comunicación a la RLPT, podrían exigirnos la devolución de las bonificaciones aplicadas.

¿Cómo puedes ponerte en contacto con nosotros?

Ponemos distintas formas de contacto para que elijas la más fácil y cómoda.

Puedes:

  • Rellenar el formulario de la derecha o el de la página de Contacto, y nos pondremos en contacto contigo en la mayor brevedad posible
  • Llamándonos al 622305963
  • Escribiéndonos un mail a jmarco@activawork.es
  • escríbenos por Whatsapp.

 

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